Según argumentaron en los escritos, la modificación respeta la legislación vigente y subsana las barreras de acceso que presenta la actual ley.
La jornada de este viernes, las organizaciones Fundación Por el Derecho de Decidir y Corporación Humanas, acompañados por la senadora Claudia Pascual (PC) y la diputada Claudia Mix (FA), llegaron hasta Teatinos 56 en Santiago para entregar a Contraloría dos “téngase presente”, escritos que buscan complementar los argumentos a favor de la modificación al Reglamento de Objeción de Conciencia que el Ministerio de Salud elaboró en el contexto de la implementación de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en tres causales, destacando que esto respeta la legislación vigente.
El nuevo reglamento causó opiniones divididas por parte de exautoridades y parlamentarios, desde donde algunos los catalogaron como “inconstitucional” o “medida correcta”. El pasado 1 de julio la Conferencia Episcopal acudió a Contraloría para que este reglamento se declare inconstitucional.
Al respecto, según explicó Danitza Pérez, representante de Fundación Por el Derecho de Decidir, “todas las investigaciones después de siete años de implementación de esta norma han dado cuenta de barreras importantes de acceso para el ejercicio de este derecho, y que tienen principalmente dos foco: por una parte, la información que precisamente obtienen las mujeres a través de los servicios de salud en Internet y en otras plataformas, y también la disponibilidad de servicios”.
En esta línea, explicó, esta modificación presentada por el Minsal “viene precisamente a realizar cambios importantes en relación a cuestiones muy prácticas para las mujeres, que es poder contar con información suficiente, objetiva, concreta, y que permita acceder al servicio de salud, en este caso a la prestación en particular de interrupción voluntaria del embarazo, y otras cuestiones que tienen que ver precisamente con saber, por ejemplo, si el médico o la médica con la que yo estoy trabajando es objetora o no, y poder tomar decisiones al respecto. Ese es el objetivo”.
Asimismo, Elisa Walker, abogada de Sarmiento Walker y García, expresó que el reglamento lo que busca finalmente es “promover” que el Estado entregue servicios adecuados, eficientes, coordinados en torno al cumplimiento de la ley IVE.
“La ley es muy clara sobre esta materia: la objeción de conciencia se permite, pero eso no puede ser un obstáculo para que las mujeres sean atendidas y accedan a la interrupción del embarazo. Eso lo dice con claridad la ley 21.030 (…) también la ley de derechos y deberes de los pacientes, que regula el derecho de los pacientes de recibir un trato digno por parte de los médicos y también de los establecimientos de salud. Y también de esta forma se cumple con la establecido en el decreto que regula las facultades del Ministerio de Salud (…) venimos a apoyar esta iniciativa para que el proceso de toma de razón, la Contraloría reafirme su legalidad”, expresó.
Por su parte, la directora de Corporación Humanas, Camila Maturana, destacó que de acuerdo al informe de Corporación Humanas de 2023, “45,8% de los obstetras de hospitales públicos se declaran objetores de conciencia para no atender a las mujeres y niñas embarazadas producto de violación. En uno de cada cuatro hospitales en Chile, más de dos tercios de los obstetras se declaran objetores de conciencia”.
Esto incluye, indicó, cuatro hospitales regionales y cinco hospitales en que todos los obstetras son objetores de conciencia.
“Esto evidentemente genera limitaciones para la atención de mujeres y niñas que este reglamento busca subsanar: se busca garantizar el acceso a la información que requieren las niñas y mujeres que puedan verse afectadas por alguna de las tres causales, se definen medidas para asegurar los turnos adecuados y especialmente para que todos los establecimientos públicos cuenten con un equipo no objetor que permita garantizar a todas las mujeres y niñas que tengan una atención de calidad digna y que no sean discriminadas por el lugar donde viven”, concluyó.