La misión de Observadores Internacionales de Derechos Humanos, de la cual hizo parte Corporación Humanas entre otras organizaciones nacionales, ha visitado Chile del día 6 al 11 de noviembre de 2019, en el marco de las protestas ocurridas a partir del 18 de octubre recién pasado. En primer lugar, queremos agradecer a las distintas organizaciones de derechos humanos y de la sociedad civil de Chile que han convocado y organizado esta visita para conocer el contexto político de la protesta social y documentar las graves denuncias sobre vulneraciones a los derechos humanos. A su vez, agradecemos también a las distintas autoridades del Estado Chileno que nos han recibido y entregado información sobre las distintas afectaciones.

Hemos visitado las ciudades de Santiago, Valparaíso y Temuco, para reunirnos con organizaciones de derechos humanos, de la sociedad civil, grupos y colectivos que se han organizado en respuesta a las manifestaciones, víctimas e instituciones estatales como el Instituto Nacional de Derechos Humanos, la Defensoría Penal Pública, la Fiscalía Nacional, la Defensoría de la Niñez, la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y la Corte Suprema.

El objetivo de este informe preliminar es dar a conocer los principales hallazgos y recomendaciones urgentes identificados por la misión, en base a los testimonios de víctimas y testigos e información aportada por organizaciones de la sociedad civil y autoridades públicas. Por testimonios y por observación de primera mano, vemos que las fuerzas de seguridad utilizan los elementos de disuasión de forma descontrolada, no gradual e indiscriminada.

El protocolo aprobado en marzo de 2019 reguló algunas condiciones que establecen cuándo se pueden utilizar los distintos elementos de fuerza con los que cuenta Carabineros de Chile. Sin embargo, en la práctica, los principios de ultima ratio, proporcionalidad y gradualidad en el uso de la fuerza están completamente ausentes en el accionar de la fuerza policial y de seguridad.

La Misión está especialmente preocupada por la forma en que se está haciendo uso de armas menos letales por parte de Carabineros, con la intención de herir y castigar a los manifestantes y sin dar cumplimiento a normas mínimas de gradualidad y proporcionalidad.

Como es de público conocimiento, más de 200 personas han sido víctimas de trauma ocular severo quedando en condiciones de discapacidad visual de por vida.

Por los testimonios que hemos recibido, por nuestra observación directa en las manifestaciones, así como por el registro audiovisual que han realizado los medios de comunicación, no hay dudas de que Carabineros utiliza las escopetas antidisturbios sin apego al protocolo hoy vigente, que solo lo permite como último recurso para proteger la integridad física de terceros o las fuerzas de orden público.

Además de que no se cumple con este protocolo, que dice cuándo se puede disparar, más preocupante todavía es la forma y el cómo están disparando. Carabineros no está apuntando en ángulo hacía las piernas. Carabineros está apuntando de forma horizontal, a la cabeza y torso de los manifestantes, lo que no cumple con ninguna norma del uso racional de la fuerza.

Lo anunciado el día de ayer 10 de noviembre 2019 por Carabineros no solo es insuficiente para terminar con la práctica verificada en estas últimas semanas, en tanto no establece reglas claras que prohíban disparar de forma horizontal y al torso, sino que además, agrava la situación y le concede más facultades a las fuerzas del orden público para agredir y herir a los manifestantes.

El protocolo aprobado en marzo de 2019 solo lo permite como último recurso para resguardar la integridad física de Carabineros y terceros. Solo la integridad física. En su comunicado, Carabineros anunció que estas armas se utilizarán cuando exista riesgo de vida de carabineros o civiles, pero agregó también que están serán utilizadas ante una “amenaza manifiesta para los bienes públicos y privados”.

Permitir la utilización de armas menos letales que tienen gravísimas consecuencias en la vida e integridad física de las personas, para proteger la propiedad pública y privada, es un retroceso respecto de las reglas vigentes y no se ajusta a las normas internacionales de uso racional de la fuerza.

En general, durante las manifestaciones la fuerza pública utiliza los gases lacrimógenos, carros lanza-aguas y escopetas antidisturbios no para repeler un ataque o dispersar una manifestación violenta, sino directamente para aleccionar y castigar a los manifestantes. En el contexto de las manifestaciones masivas, las detenciones realizadas por Carabineros han sido completamente indiscriminadas, deteniendo a personas que se encuentran expresándose pacíficamente y no necesariamente a quienes realizan actos de violencia. En muchas ocasiones, las detenciones ocurren luego de finalizadas las protestas y mediante persecuciones por las calles a la gente que está volviendo a sus casas.

Hemos verificado que las detenciones posteriores a las manifestaciones no constan con las salvaguardas necesarias para asegurar la protección de los derechos de las personas privadas de su libertad. De igual forma, no se aseguran las condiciones mínimas para que las personas heridas puedan constatar lesiones de manera confidencial con el personal médico, ni que se apliquen los protocolos internacionales para detectar casos de tortura y malos tratos.

Además, las personas detenidas no tienen acceso a una asesoría legal en las primeras horas de la detención. En muchos de los casos, la Defensoría Penal Pública no toma contacto con los detenidos sino hasta la audiencia de control al día siguiente de su detención.

Al mismo tiempo, los fiscales, no se apersonan en las comisarías y no realizan control alguno de las condiciones de legalidad de la detención, ni si los funcionarios de Carabineros han atentado contra los derechos y la integralidad de las personas.

A todo esto, se suman aquellas personas que son retenidas o conducidas por las fuerzas de seguridad, privadas de su libertad temporalmente, sin que luego se formalice su detención.

Estas salvaguardas mínimas están destinadas a evitar que en las primeras horas de la detención las personas privadas de su libertad sean sometidas a malos tratos o torturas, como ha ocurrido extendidamente estas últimas semanas.

De las reuniones con las organizaciones y autoridades públicas, así como de los testimonios directos que hemos escuchado, al momento de la detención, durante el traslado en el furgón policial y en la comisaría, se han verificado malos tratos y gravísimos casos de tortura.

Se recibieron numerosos testimonios y coincidentes de diferentes tipos de torturas ocurridas en la detención, durante los traslados, y en la misma comisaría. Las torturas descritas han ido desde golpes con mano abierta y/o luma, rodillazos o puntapiés, en algunos casos por varios agentes, distintas formas de neutralización física e incluso ahorcamientos que en algunos casos han derivado en pérdida de conciencia. Muchas de éstas realizadas con posterioridad a la constatación de lesiones. En otros casos uso prolongado de esposas en diversas posiciones, torsiones de extremidades superiores, y uso de gas irritante, privación de agua y comida, y exposición a temperaturas frías con muchos de los detenidos llegando mojados sin posibilidad de cambiarse de ropa. Merecen especial atención aquellas relacionadas con violencia sexual, como los desnudamientos prolongados acompañados de la realización de sentadillas, o violación sexual realizada con objetos como armas o lumas, infringidas a hombres, mujeres e incluso menores. Por otro lado, se han descrito diversas formas de tortura psicológica, principalmente derivadas de amenazas de muerte, amenazas de violación sexual grupal, o de agresión física a familiares. Estas amenazas se han realizado también con el objetivo de disuadir a los detenidos de que realicen denuncias posteriormente. Incluso se han recibido declaraciones de hostigamiento posterior de las fuerzas policiales hacia las víctimas.

Vale decir que la mayoría de las cifras que se presentan desde las autoridades se basan en casos de denuncias formalizadas de alguna forma para el inicio de un proceso penal, por lo que existe un subregistro en las cifras que se han conocido, que no dan cuenta de la totalidad de los casos de afectación.

Recibimos una gran cantidad de testimonios de personas víctimas de violencia que no realizaron denuncias. En muchos casos por temor a represalias, por hostigamientos posteriores a la detención, principalmente en Temuco y Valparaíso, y en otros muchos casos por descreimiento de que la denuncias tenga algún efecto concreto.

Las acciones desplegadas por el gobierno no han apuntado a desescalar el conflicto y terminar con las prácticas recurrentes de torturas y malos tratos que se han verificado a lo largo del país en el marco de la protesta social de las últimas semanas.

Entre los diferentes testimonios recibidos merece especial atención la afectación a grupos vulnerables, como menores de edad, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad, personas migrantes y miembros de la comunidad LGTBIQ+I. A pesar de que las acciones se han realizado de forma indiscriminada, hemos podido constatar amenazas de deportación a los migrantes, de violación, de muerte, así como insultos homofóbicos, racistas y misóginos. Merece asimismo una particular atención la afectación masiva a menores de edad que no han sido protegidos por ninguna de las salvaguardas específicas que deben a proteger a estos grupos.

Al entrevistarnos con comunidades Mapuche y habiendo recibido informes de la sociedad civil, identificamos patrones de represión y criminalización de sus actividades que ahora son aplicadas a la sociedad chilena en su conjunto en el marco de las manifestaciones actuales. Contamos con información sólida y consistente sobre el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza en contra de miembros del pueblo mapuche al momento de su detención de parte (no exclusivamente) de Grupos de Operaciones Policiales Especiales de Carabineros. Se revictimiza a las familias mapuche que han sufrido torturas, amedrentamientos, incluso aquellas que fueron heridas de forma irreparable o tienen familiares fallecidos en contextos poco claros, al estar ahora constantemente oyendo tiros, helicópteros y vivenciando situaciones que retraumatizan.

RECOMENDACIONES

  1. Inmediata desmilitarización de la gestión de las protestas y manifestaciones, priorizando canales de mediación y uso de medidas no violentas, aplicando los principios de precaución, necesidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza. Hasta que una evaluación independiente no revise los protocolos de actuación a la luz de las generalizadas afectaciones de derechos producidas, debe suspenderse la utilización de armas de fuego (escopetas) y dejar de utilizarse equipamiento “menos que letal” (gas lacrimógeno, gas pimienta, camiones hidrantes – carro lanza aguas) de manera generalizada y con el objetivo ilegal de producir daños en las personas.
  2. Durante y después de las manifestaciones, se recomienda que se realicen inspecciones no anunciadas a los lugares de detención administrados por Carabineros, Policía de Investigaciones y a los Centros de Justicia por parte de la Defensoría Penal Pública, la Fiscalía Nacional, el Poder Judicial y el Instituto de Derechos Humanos – INDH. Estas inspecciones deben incluir entrevistas confidenciales con las personas privadas de libertad con el fin de detectar situaciones de torturas y malos tratos, asistir a las víctimas, brindarles adecuada protección contra represalias, investigar los hechos detectados y sancionarlos administrativa y penalmente.
  3. Se recomienda que todas las personas privadas de libertad accedan sistemáticamente a un control médico de constatación de lesiones en instituciones de salud pública, que este ocurra con la privacidad que corresponde, y que el acta de salud sea completada por personal de salud. También recomienda que se protocolice el accionar médico, con especial énfasis en la detección proactiva de lesiones, conforme al Protocolo de Estambul, que se deje expresa constancia de la conformidad del detenido-paciente, y que el reporte, atendiendo a la confidencialidad, se entregue en sobre cerrado dirigido al juez de garantía. Asimismo, se insta al sistema de salud a llevar un registro de detección de lesiones compatibles con torturas y malos tratos y de alegaciones recibidas por parte de las personas privadas de libertad examinadas.
  4. Se recomienda que el Estado chileno brinde todas las facilidades a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH para realizar su visita in loco en el país.
  5. Se recomienda que durante y luego de las manifestaciones se garantice que los periodistas, observadores de derechos humanos y el personal y voluntarios de atención a la salud puedan realizar sus tareas de manera adecuada y cesen las agresiones y detenciones contra los mismos.
  6. Se recomienda llevar a cabo una investigación por parte de un organismo independiente sobre las violaciones a los derechos humanos que se están cometiendo y la adopción de medidas inmediatas disciplinarias/penales en casos en los que hay funcionarios públicos identificados en conductas irregulares que vulneran derechos humanos, y en particular el derecho a la vida e integridad personal.
  7. Se recomienda fortalecer el trabajo del INDH a nivel nacional garantizando que no existan obstáculos para el desarrollo pleno de sus funciones, en lo particular en el control de la situación de privación de libertad durante las primeras horas de detención y en la protección contra la tortura y los malos tratos.
  8. Se recomienda al Estado de Chile y al INDH que concrete la efectiva puesta en funcionamiento del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura. Asimismo, que se asegure las condiciones para que las organizaciones de la sociedad civil puedan cumplir efectivamente y libremente su rol de protección de los derechos humanos, dando entrega de la documentación, registros y contacto con las personas privadas de libertad.
  9. Constatando que la protesta social experimentada en Chile en las últimas semanas tiene como fundamento central la demanda en derechos humanos, incluyendo el derecho de libre-determinación, instamos a los poderes del Estado chileno a buscar caminos para el reconocimiento jurídico-político de éstos como forma de garantizar su ejercicio pleno por parte de todas las personas que habitan este territorio y por parte de la ciudadanía.