La columna “La gran feminización de la sociedad” presenta como amenaza transformaciones que, en rigor, responden a compromisos democráticos y jurídicos largamente asumidos por los Estados. Plantear la ampliación de derechos y la mayor participación de las mujeres como un riesgo para el Estado de derecho supone invertir el problema: lo que debilita la democracia no es la inclusión, sino la exclusión persistente.
La subrepresentación de las mujeres en los espacios de toma de decisiones no ha sido un fenómeno natural ni circunstancial, sino una forma estructural de desigualdad. En ese contexto, los mecanismos orientados a garantizar participación equilibrada -incluidas las políticas de paridad- no constituyen privilegios ni concesiones ideológicas, sino herramientas para hacer efectivo el principio de igualdad sustantiva.
Los estándares internacionales en derechos humanos son claros. Una democracia que excluye sistemáticamente a la mitad de la población carece de legitimidad plena. Así lo ha reafirmado el Comité CEDAW, al establecer que la representación equilibrada de las mujeres es una condición para la vigencia del Estado de derecho y para la adopción de decisiones públicas más justas y responsables.
El debate, entonces, no es si “lo femenino” amenaza la ley, sino si estamos dispuestos a sostener democracias que continúan operando sobre desigualdades estructurales que el propio derecho internacional exige remover.
Paula Salvo Del Canto – Directora Corporación Humanas
Fabiola Gutiérrez – Coordinadora de Comunicaciones Corporación Humanas
Jennifer Alfaro – Coordinadora Estudios y Litigio Estratégico Corporación Humanas
Carta al director, publicada el 13 de enero de 2026. El Mercurio