El Consejo de Derechos Humanos (CDH), creado por la Asamblea General de Naciones Unidas mediante la Resolución 60/251 del 15 de marzo de 2006, es un órgano subsidiario de la Asamblea General, con sede en Ginebra, que fue creado para sustituir a la Comisión de Derechos Humanos, asumiendo todos sus mandatos, mecanismos, funciones y responsabilidades, además del deber de examinarlos a fin de perfeccionarlos y racionalizarlos.

El CDH, como se señala en la Resolución que lo crea, es responsable de promover el respeto universal por la protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas, sin distinción de ningún tipo y de una manera justa y equitativa. Asimismo, debe ocuparse de las situaciones en que se violen los derechos humanos, incluidas las violaciones graves y sistemáticas, y hacer recomendaciones al respecto. También deberá promover la coordinación eficaz y la incorporación de los derechos humanos en la actividad general del sistema de Naciones Unidas.

El CDH es un órgano intergubernamental, compuesto por 47 Estados Miembros de Naciones Unidas elegidos por la Asamblea General de forma directa e individual por un período de tres años, mediante una votación secreta, de acuerdo a una determinada distribución geográfica que asegure la representación en él de todas las regiones del mundo.

Entre sus funciones se cuenta la realización de un examen periódico universal (EPU) sobre el cumplimiento que da cada Estado Parte a las obligaciones y compromisos internacionales en materia de derechos humanos sobre la base de (a) la Carta de Naciones Unidas, (b) la Declaración Universal de Derechos Humanos, (c) los instrumentos de derechos humanos en que sea parte el Estado en cuestión, (d) las promesas y compromisos que el Estado Parte haya asumido voluntariamente, incluidos aquellos contraídos al presentar sus candidaturas para el Consejo y (e) el derecho internacional humanitario aplicable. Cada Estado es examinado cada cuatro años y medio por el conjunto de los Estados de Naciones Unidas basándose en información aportada por el mismo Estado examinado, una recopilación de documentos relevantes de las Naciones Unidas preparada por la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos (OACDH) e información aportada por otras partes interesadas, incluidas ONG, la que se presenta como Informes Alternativos al presentado por el Estado (las cuales son resumidas en un documento elaborado también por la OACDH). Los Estados realizan recomendaciones al Estado examinado, el cual puede aceptarlas o no, y de cuyo cumplimiento debe dar cuenta en el examen siguiente.

EPU Chile 2009:

Informe del Estado Primer Ciclo EPU 2009

Recopilación de documentos relevantes de NU realizada por la OACDH Primer Ciclo EPU 2009

Resumen Informes Alternativos preparado por la OACDH Primer Ciclo EPU 2009

Informe Alternativo Humanas y otras Primer Ciclo EPU 2009

Recomendaciones Primer Ciclo EPU 2009

Informes intermedios:

Informe Intermedio EPU Segundo Ciclo Humanas y otras

 

EPU Chile Segundo Ciclo 2014:

Informe del Estado Segundo Ciclo EPU 2014

Recopilación de documentos relevantes de NU realizada por la OACDH Segundo Ciclo EPU 2014

Resumen Informes Alternativos preparado por la OACDH Segundo Ciclo EPU 2014

Informe Alternativo Humanas y otras Segundo Ciclo EPU 2014

Recomendaciones Segundo Ciclo EPU 2014

Respuesta del Estado Segundo Ciclo EPU 2014