“La tendencia internacional muestra que la igualdad de género es cada vez más incluida en las constituciones y es abordada desde múltiples perspectivas: desde las prohibiciones a las discriminaciones contra las mujeres; la igualdad de oportunidades, de derechos, ante la ley; etc. Sin embargo, las voces y preocupaciones de las mujeres han estado mayoritariamente ausentes de los procesos constituyentes oficiales”.

foto-18773Las reformas y procesos constituyentes son cada vez más frecuentes en el mundo y son un momento clave para que los países puedan integrar o ampliar las disposiciones sobre igualdad de género. Igualdad que para ser alcanzada, requiere de una activa y comprometida participación de mujeres y hombres.Las constituciones impactan en la vida de las mujeres y de los hombres incluso cuando las cartas fundamentales aparecen como neutras en términos de género, por lo que ninguna constitución democrática, hoy en día, puede dejar de reconocer o prever la igualdad de género.

La tendencia internacional muestra que la igualdad de género es cada vez más incluida en las constituciones y es abordada desde múltiples perspectivas: desde las prohibiciones a las discriminaciones contra las mujeres; la igualdad de oportunidades, de derechos, ante la ley; etc. Sin embargo, las voces y preocupaciones de las mujeres han estado mayoritariamente ausentes de los procesos constituyentes oficiales.

La incorporación de principios y cláusulas específicas que garanticen la igualdad de género está en consonancia con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que llama a los Estados firmantes a incorporar el principio de la igualdad entre hombres y mujeres en sus constituciones como parte de las obligaciones de los estados frente a los derechos humanos.

De acuerdo a la base de datos desarrollada recientemente por ONU Mujeres (disponible en el sitio web http://constitutions.unwomen.org) que analiza 195 constituciones de distintos países, se identifican al menos dos áreas clave de progreso en el mundo: 1) que constituciones recientes han incorporado disposiciones específicas que prohíben discriminación por género y otorgan garantías de igualdad entre hombre y mujeres ante la ley y 2) la inclusión de cuotas o disposiciones que garanticen la representación de las mujeres en los tres poderes del Estado.

Con miras a la nueva constitución chilena, ONU Mujeres y el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género desarrollaron la semana pasada el Seminario Internacional: Democracia, Igualdad de Género y Constitución, iniciado por la presidenta Michelle Bachelet, en el que se invitaron a muchos especialistas nacionales e internacionales a compartir sus experiencias y a debatir en torno a cómo otros países han resuelto en sus constituciones todo lo relativo a género. Con la voluntad de que todo lo conversado pueda ser un aporte al proceso constituyente de Chile.

Uno de los casos destacados que se examinó fue la constitución de Ruanda, que estableció como mínimo un 30% de mujeres en puestos de toma de decisión. Ruanda actualmente es, de hecho, uno de los países con mayor índice de participación de mujeres en el parlamento.

También fue posible identificar buenas prácticas, entre las que se destacó el uso de un lenguaje inclusivo y el desarrollo de mecanismos institucionales para el avance de los derechos humanos y de los derechos de las mujeres.

La adopción de una nueva constitución es el comienzo y no el fin para alcanzar la igualdad de género. Esperamos que este proceso signifique un avance para la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y por un Chile 50/50 (igual entre hombres y mujeres).

Fuente: El Dínamo