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	<title>verdad &#8211; Humanas</title>
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	<description>Corporación Humanas Centro regional de Derechos Humanos y Justicia de Género</description>
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		<title>Una agenda legislativa para el “Nunca Más”</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Fabiola Gutierrez]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 01 Sep 2023 17:42:49 +0000</pubDate>
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<p style="text-align: justify;"><b>01 de septiembre, 2023.-</b><span style="font-weight: 400;"> En el marco de la conmemoración de los 50 años del Golpe de Estado y en línea con los anuncios realizados por el Ejecutivo en torno a una agenda legislativa en materia de derechos  humanos, organizaciones de la sociedad civil se reunieron con el Ministro Secretario General de la Presidencia, Álvaro Elizalde, para presentar una propuesta de agenda legislativa a impulsar.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-weight: 400;">En el encuentro participaron Corporación Humanas, ONG Leasur, Casa de Memoria José Domingo Cañas y Corporación Opción, en representación de la Articulación de Organizaciones Defensoras de Derechos Humanos, donde expresaron que es indispensable que exista un compromiso de carácter transversal,  por parte del poder Ejecutivo y Legislativo, respecto de las medidas necesarias para avanzar en justicia, verdad, reparación y garantías de no repetición de las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el país. </span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-weight: 400;">Entre los proyectos priorizados por la Articulación se encuentran 8 iniciativas, entre ellas, un </span><b>mecanismo de carácter permanente para la calificación de víctimas de graves violaciones a los derechos humanos </b><span style="font-weight: 400;">para la identificación y reconocimiento de víctimas, con una unidad especializada a cargo del adecuado registro de los relatos de las personas víctimas de violencia sexual. También la </span><b>derogación del Decreto Ley de Amnistía, </b><span style="font-weight: 400;"> ya que esta norma sigue siendo parte del ordenamiento jurídico nacional y es invocada permanentemente por quienes defienden a los agentes estatales y perpetradores encausados en procesos por crímenes de lesa humanidad. </span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-weight: 400;">Se suma la iniciativa que busca la </span><b>imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad, </b><span style="font-weight: 400;">con un llamado a que </span><span style="font-weight: 400;">el Estado de Chile ratifique la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad. También se priorizó el proyecto de </span><b>t</b><b>ipificación de la desaparición forzada </b><span style="font-weight: 400;">por su pertinencia en lo que refiere a hechos ocurridos en dictadura, como en el período posterior a ella. Al tipificarla, se pueden establecer penas que sean proporcionadas a la extrema gravedad de este delito.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-weight: 400;">Para la Articulación de Organizaciones Defensoras de Derechos Humanos es importante el </span><b>levantamiento del secreto de la Comisión sobre Prisión Política y Tortura, </b><span style="font-weight: 400;">para dar acceso a los tribunales de justicia a los documentos, testimonios y antecedentes aportados por las víctimas ante esa instancia. Además, es necesaria la  </span><b>compatibilidad Valech con otros beneficios y pensiones </b><span style="font-weight: 400;">para permitir a los/as beneficiarios/as de pensiones de reparación de violaciones a los derechos humanos acceder al monto completo de la pensión garantizada universal, algo que actualmente no es compatible.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-weight: 400;">Las representantes también expresaron al ministro Elizalde la necesidad de una </span><b>Ley Integral de Memoria </b><span style="font-weight: 400;">que contribuya a las garantías de no repetición, inexistentes hasta el momento en nuestro país, que entienda la memoria como un derecho que el Estado debe proteger y garantizar, la que debe considerar el reconocimiento explícito de las violaciones a los Derechos Humanos que se han producido en el país, como parte del derecho a la verdad. Y, por último, el </span><b>reconocimiento de la violencia política sexual, </b><span style="font-weight: 400;">a través de una fecha conmemorativa, que tome en cuenta el impacto diferenciado de las violaciones a los derechos humanos, y específicamente de la tortura, en las mujeres. “Reconocer a las sobrevivientes constituye un significativo símbolo para avanzar en medidas de reparación colectiva”, expresan en la propuesta.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="font-weight: 400;">La </span><i><span style="font-weight: 400;">Articulación de Organizaciones Defensoras de Derechos Humanos </span></i><span style="font-weight: 400;">es una red de organizaciones de la sociedad civil que promueve los derechos humanos y contribuye a una cultura de conocimiento, ejercicio y respeto a dichos derechos.</span></p>
<p><a href="https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2023/09/Articulacion-DDHH.-Agenda-legislativa-50-anos.pdf"><span style="font-weight: 400;">Revisa la propuesta de la Articulación de DDHH</span></a></p>
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		<item>
		<title>Golpe de Estado: “Los objetos están más cerca de lo que parecen”</title>
		<link>https://www.humanas.cl/golpe-de-estado-los-objetos-estan-mas-cerca-de-lo-que-parecen/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Fabiola Gutierrez]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 07 Jun 2023 13:42:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[destacados]]></category>
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					<description><![CDATA[Es por ello que este año las expectativas están puestas en una conmemoración que esté a la altura de lo ocurrido y del riesgo que supone para la democracia su desconocimiento. Esto requiere, además, señales claras respecto de la importancia del reconocimiento, respeto y garantía de los derechos humanos. Por : Luz Reidel Wagner, abogada de [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Es por ello que este año las expectativas están puestas en una conmemoración que esté a la altura de lo ocurrido y del riesgo que supone para la democracia su desconocimiento. Esto requiere, además, señales claras respecto de la importancia del reconocimiento, respeto y garantía de los derechos humanos.</p>
<div class="the-single-author__wrapper"><a href="https://www.elmostrador.cl/noticias/opinion/2023/06/02/golpe-de-estado-los-objetos-estan-mas-cerca-de-lo-que-parecen/"><strong class="the-single-author__title">Por : Luz Reidel Wagner, </strong>a<small class="the-single-author__subtitle">bogada de Corporación Humanas</small></a></div>
<div></div>
<p>&nbsp;</p>
<p><img decoding="async" class="size-full wp-image-21988 aligncenter" src="https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2023/06/17080658_303.jpg" alt="" width="700" height="394" srcset="https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2023/06/17080658_303.jpg 700w, https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2023/06/17080658_303-600x338.jpg 600w, https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2023/06/17080658_303-300x169.jpg 300w" sizes="(max-width: 700px) 100vw, 700px" /></p>
<p style="text-align: justify;">En el año en que se conmemoran 50 años del golpe de Estado la encuesta <a href="http://morichile.cl/wp-content/uploads/2023/03/INFORME-DE-PRENSA-BAROMETRO-DE-LA-POL%C3%8DTICA-Marzo-2023.pdf">Barómetro de la Política CERC – MORI 1987 – 2023,</a> arroja resultados alarmantes: un 36% de las personas encuestadas señala que “los militares tenían razón en dar el golpe de Estado en 1973“. Este momento es uno de los más trágicos y oscuros de nuestra historia, que cobró vidas, víctimas de tortura y de violencia política sexual, separó y exilió familias e inició una dictadura que se extendió por 17 años.</p>
<p style="text-align: justify;">Si bien esta cifra aparece como paradójica en el marco de esta conmemoración, nos preguntamos si no es precisamente el transcurso del tiempo el que pone al golpe de Estado a una distancia tal que nos impide apreciar su gravedad con nitidez. Así como los espejos retrovisores advierten que los objetos están más cerca de lo que parecen, parece necesaria una advertencia respecto de ciertos hechos históricos.</p>
<p style="text-align: justify;">Quienes hoy somos personas de 33 o menos años hemos tenido la oportunidad de nacer, crecer y desarrollarnos en el marco de un régimen democrático. En la misma encuesta observamos un dato que revela el desconocimiento de lo vivido en aquella época como posible causa de su justificación: ante la consulta por su conocimiento sobre el golpe de Estado, un 32% de las personas encuestadas declara saber poco o nada, y esta cifra se eleva a un 36% en el tramo de los 36 a 52 años, y hasta un 41% en el rango de los 18 a 35 años.</p>
<p style="text-align: justify;">Siendo la democracia el pilar fundamental de la sociedad, y el respeto y garantía de los derechos humanos condición necesaria de nuestra existencia y desarrollo, cifras como las develadas deben ponernos en alerta y llamarnos a la reflexión sobre las acciones necesarias para consolidar y proteger nuestro régimen democrático, promoviendo su conocimiento y valoración.</p>
<p style="text-align: justify;">La memoria cobra hoy aún más importancia. Recordar los horrores del pasado es necesario para honrar a quienes perdieron la vida, para celebrar la de quienes sobrevivieron a sus vejámenes y, además, para conocer y reconocer lo que hoy vemos con distancia y que nos despojó de la democracia, de nuestros derechos humanos y de nuestra propia libertad. Finalmente, para tomar conciencia de que nada justifica que se levanten las armas en contra de los habitantes de un país y se ponga en suspenso el ejercicio de los derechos más básicos.</p>
<p style="text-align: justify;">Es por ello que este año las expectativas están puestas en una conmemoración que esté a la altura de lo ocurrido y del riesgo que supone para la democracia su desconocimiento. Esto requiere, además, señales claras respecto de la importancia del reconocimiento, respeto y garantía de los derechos humanos.</p>
<p style="text-align: justify;">Debemos comprender nuestra historia, ser conscientes de que Chile no siempre ha sido como lo conocemos, con democracia y respeto a los derechos humanos. Solo así lograremos articular nuestros esfuerzos colectivos para evitar que se repitan los graves hechos del pasado.</p>
<p><strong>Publicada el 02 de junio, 2023.-</strong></p>
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			</item>
		<item>
		<title>Corte de Santiago confirma fallo que condenó a agente de la DINA por secuestros y aplicación de tormentos con violencia sexual</title>
		<link>https://www.humanas.cl/corte-de-santiago-confirma-fallo-que-condeno-a-agente-de-la-dina-por-secuestros-y-aplicacion-de-tormentos-con-violencia-sexual/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Fabiola Gutierrez]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 28 Sep 2021 01:00:43 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En fallo unánime, Sexta Sala confirmó en lo apelado, la sentencia dictada por el ministro en visita Mario Carroza, que aplicó perspectiva de género al condenar a los responsables de los delitos de secuestro y aplicación de tormentos con violencia sexual a seis detenidas en el centro de clandestino, entre 1974 y 1975. Santiago 23 [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div class="col-12 mb-3"><img decoding="async" class="alignnone size-full wp-image-20734 aligncenter" src="https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2021/09/images.jpeg" alt="" width="260" height="194" /></div>
<div class="col-12">
<div class="row">
<div class="col-sm-12" style="text-align: justify;">
<blockquote class="wp-block-quote"><p><strong>En fallo unánime, Sexta Sala confirmó en lo apelado, la sentencia dictada por el ministro en visita Mario Carroza, que aplicó perspectiva de género al condenar a los responsables de los delitos de secuestro y aplicación de tormentos con violencia sexual a seis detenidas en el centro de clandestino, entre 1974 y 1975.</strong></p></blockquote>
</div>
</div>
</div>
<div class="col-12 blog-content home-blog mb-4">
<p style="text-align: justify;"><strong>Santiago 23 de septiembre, 2021.-</strong> La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a cuatro agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado, aplicación de tormentos y aplicación de tormentos con violencia sexual. Ilícitos cometidos en el centro de detención clandestino conocido como “La Venda Sexy” o “La Discoteque”, ubicado calle Irán, comuna de Macul.</p>
<p>En fallo unánime (causa rol 6.533-2020), la Sexta Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras María Rosa Kittsteiner, María Paula Merino y la abogada (i) Paola Herrera– confirmó en lo apelado, la sentencia dictada por el ministro en visita Mario Carroza, que aplicó perspectiva de género al condenar a los responsables de los delitos de secuestro y aplicación de tormentos con violencia sexual a seis detenidas en el centro de clandestino, entre 1974 y 1975.</p>
<p style="text-align: justify;">En la causa, los agentes Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Manuel Rivas Díaz y Hugo del Transito Hernández Valle fueron condenados a 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los delitos reiterados de secuestro calificado y aplicación de tormentos a Agustín Julio Holgado Bloch, Luis Rodolfo Ahumada Carvajal, Eugenio Ambrosio Alarcón García y Luis Humberto Bernal Venegas; y de secuestro calificado y aplicación de tormentos con violencia sexual a las víctimas: Cristina Verónica Godoy Hinojosa, Laura Ramsay Acosta, Beatriz Constanza Bataszew Contreras, Sara Gabriela de Witt Jorquera, Carmen Alejandra Holzapfel Picarte y Clivia Marfa Sotomayor Torres.</p>
<p style="text-align: justify;">En tanto, Alejandro Francisco Molina Cisternas deberá purgar dos penas de 541 días de presidio, como cómplice de los secuestros de Agustín Julio Holgado Bloch y Luis Rodolfo Ahumada Carvajal.</p>
<p style="text-align: justify;">En el aspecto civil, el fallo confirmó la sentencia recurrida, con declaración que se eleva la indemnización a las dos víctimas que apelaron, fijando en $110.000.000 (ciento diez millones de pesos) el monto  que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral, a cada una de las demandantes.</p>
<p style="text-align: justify;">“Que, de lo expuesto en los motivos precedentes en cuanto a lo solicitado por los recursos de apelación deducidos, y analizados sus fundamentos y del mérito de la sentencia dictada por el Sr. Ministro en Visita Extraordinaria, al igual que lo informado por el señor fiscal judicial, esta Corte comparte la decisión en lo que dice relación con las acciones penales, pero se difiere respecto a la acción civil, en cuanto a los montos ordenados pagar por la sentencia de primera instancia, y habiéndose deducido apelación solo por las querellantes doña Cristina Verónica Godoy Hinojosa y doña Sara Gabriela de Witt Jorquera, es que se acogerá el recurso a su respecto, en la forma que se señalará en lo resolutivo”, sostiene el fallo.</p>
<p style="text-align: justify;">La resolución agrega: “Que, como se señaló, esta Corte acogerá los recursos deducidos por las querellantes ya indicadas, teniendo presente para ello, los delitos de que se tratan y en especial la forma de comisión, reiterada, abusiva y humillante de comisión de los mismos, los que solo pudieron llevarse a cabo aprovechándose de la calidad de ser mujeres las víctimas”.</p>
<p style="text-align: justify;">“En efecto –prosigue–, el sentenciador, en el motivo sexto de la sentencia, expone, entre otros medios de convicción, los siguientes:<br />
‘<em>SEXTO: Que, de los antecedentes reseñados precedentemente, constituidos principalmente por testimonios, documentos y presunciones judiciales, apreciados de acuerdo con lo que disponen los artículos 459, 473, 477 y 488 del Código de Procedimiento Penal, es posible inferir que se encuentra legal y fehacientemente acreditado los siguientes hechos fácticos:</em><br />
<em>La Dirección de Inteligencia Nacional mantuvo durante los años 1974 y 1975 diferentes recintos encubiertos, con el propósito de mantener en ellos recluidos y privados de libertad a personas partidarias de partidos políticos o movimientos que siguieron al Gobierno depuesto antes de ejecutarse el Golpe de Estado y su condición, en dichos lugares, fue la de prisioneros políticos.</em><br />
<em>Uno de estos sitios estuvo en calle Irán N° 3037 de la comuna de Macul, se trataba de un lugar de encierro y tortura que llamaron ‘Venda Sexy’ o ‘La Discoteque’, en razón de las agresiones y vejaciones sexuales a que fueron sometidos los prisioneros, se utilizó al mismo tiempo que otros cuarteles destinados a fines similares, como los fueron aquellos conocidos como ‘Londres 38’, ‘Villa Grimaldi’ o ‘Cuartel Terranova’ y también el de ‘José Domingo Cañas’, y se les agregó aquél que se encargaba de mantener a los prisioneros incomunicados y en recuperación de las torturas sufridas en los interrogatorios, y en el intertanto, el mando del organismo, decidía su destino final, este fue conocido con el nombre de ‘Cuatro Álamos’, recinto que contaba además en el mismo lugar con un anexo, en el cual a los prisioneros se les mantenía en libre platica hasta que llegara a concretarse su potencial libertad o expulsión del país, este lugar fue conocido como ‘Tres Álamos’.</em><br />
<em>Entre las víctimas trasladadas a estos recintos y particularmente, al de calle Irán con Los Plátanos, ubicado en la comuna de Macul, se cuentan las siguientes:</em><br />
<em>e) Cristina Verónica Godoy Hinojosa, militante del MIR (Movimiento de Izquierda Revolucionaria), estudiante de Tecnología Médica en la Universidad de Chile, detenida cuando se encontraba trabajando en el Banco de Sangre del Hospital José Joaquín Aguirre, ubicado en la comuna de Independencia, el día 06 de diciembre de 1974, por dos agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes la suben a una camioneta y le vendan la vista para trasladarla al recinto clandestino de detención denominado ‘Villa Grimaldi’, lugar donde estuvo solamente un día para luego ser trasladada al recinto de detención conocido como ‘Venda Sexy’, en el que se le recluye sin contacto con el exterior, vendada, amarrada y continuamente sometida a interrogatorios bajo tortura, fue agredida sexualmente y violada por agentes de la DINA, hasta el día 21 de ese mismo mes en que es llevada junto a otros prisioneros al centro de detención ‘Cuatro Álamos’, ubicado en calle Canadá N°3000, de la comuna de Santiago, y diez días después cambiada a ‘Tres Álamos’, donde permaneció hasta el 19 de diciembre de 1975, oportunidad en que recupera su libertad;</em><br />
<em>j) Sara Gabriela de Witt Jorquera, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), estudiante de la carrera de Trabajo Social en la Universidad de Chile, detenida en Avda. Matta de la comuna de Santiago el día 3 de abril de 1975 por cuatro agentes civiles, quienes le trasladan en primera instancia al Cuartel ‘Villa Grimaldi’ y desde allí, al recinto clandestino ‘Venda Sexy’, donde permaneció sin contacto con el exterior, vendada, amarrada y sometida a interrogatorios bajo tortura por agentes de DINA, hasta el momento en que se le devuelve a ‘Villa Grimaldi’, para continuar con su encierro por otras dos semanas, y finalmente ser trasladada a los centros de detención ‘Cuatro Álamos’ y ‘Tres Álamos’, ubicados en calle Canadá N°3000, de la comuna de Santiago, donde permaneció hasta un día indeterminado del mes de Diciembre de 1976, oportunidad en que recupera su libertad y sale del país en el mismo mes y año;</em>’<br />
Y, en el considerando de la sentencia, el Sr. Ministro señala: ‘<em>SÉPTIMO: Que con el fin de ajustar los hechos que se han descrito a delitos determinados, previamente hemos de referirnos circunstanciadamente al de aplicación de tormentos que contiene la acusación fiscal y su correlato, los atentados sexuales, que aluden la acusación particular, a los que fueron sometidas las víctimas Cristina Verónica Godoy Hinojosa, Laura Ramsay Acosta, Beatriz Constanza Bataszew Contreras, Sara Gabriela de Witt Jorquera, Carmen Alejandra Holzapfel Picarte y Clivia Marfa Sotomayor Torres, excesos que constituyeron aberraciones deshumanizadas ejecutadas por agentes del Estado, en los que no solo se les infringieron graves sufrimientos físicos y psíquicos, sino que hubo atropellos al desamparo en que se encontraban para así ejecutar las agresiones de violencia sexual sistemáticas, conductas que de por sí fueron deleznables y que prevalecieron en los interrogatorios, por lo mismo, ellas obligan a este sentenciador a construir un tipo penal separado al de secuestro agravado, por constituir conductas que en una mirada a los estándares internacionales, han de ser visibilizadas y exaltadas por su gravedad y deshumanización, toda vez que ellas instituyen una forma específica de violencia contra la mujer.</em><br />
<em>En efecto, estándares internacionales abordan el problema de la violencia contra la mujer desde una perspectiva de género y le reconocen como violaciones a toda la humanidad, llevando a órganos del Sistema Universal e Interamericano de los Derechos Humanos a evidenciar que en nuestro país existen excesivas deficiencias en los tipos penales que sancionan estas conductas asociadas a la violencia de género, es por ello que nuestros legisladores no deben cejar en las correcciones de nuestra normativa, pero en el intertanto esta no se perfeccione creemos que ha de ser la jurisprudencia la que haga su contribución en la consecución de estos fines.</em><br />
<em>Se trata en consecuencia de crímenes o delitos de lesa humanidad, cometidos en un contexto de violaciones graves, masivas y sistemáticas a los Derechos Humanos, ejecutados por agentes estatales, amparados por el gobierno de facto, que intervinieron ejecutando ataques generalizados y sistemáticos en contra de la población civil, particularmente en contra de aquellos que se mostraban contrarios al gobierno de la época y sus políticas.</em><br />
<em>La persecución, el hostigamiento y el exterminio de los grupos disidentes, fueron parte de sus prácticas generalizadas</em>’”.</p>
</div>
<div class="col-12 mb-4" style="text-align: justify;"><img decoding="async" class="mr-2" src="https://www.pjud.cl/img/institutional/corte_apelaciones.png" alt="Corte Apelaciones" /> <a class="mr-2" href="https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/getRulingNew/6050" target="_blank" rel="noopener">Ver fallo Corte de Apelaciones <i class="fas fa-file-pdf text-danger"></i> </a></div>
<div></div>
<div><a href="https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/62244">Noticia publicada por el Poder Judicial </a></div>
<div class="col-12 d-flex justify-content-center mb-4">
<div class="col-sm-8"></div>
</div>
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