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	<title>OEA &#8211; Humanas</title>
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	<description>Corporación Humanas Centro regional de Derechos Humanos y Justicia de Género</description>
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		<title>Comité de Expertas insta a las autoridades del Estado chileno a continuar colaborando con la investigación de la denuncia por violación contra exsubsecretario de Interior</title>
		<link>https://www.humanas.cl/comite-de-expertas-insta-a-las-autoridades-del-estado-chileno-a-continuar-colaborando-con-la-investigacion-de-la-denuncia-por-violacion-contra-exsubsecretario-de-interior/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Fabiola Gutierrez]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 14 Nov 2024 12:38:29 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[destacados]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Chile]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos Humanos de las mujeres]]></category>
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					<description><![CDATA[&#160; Washington, D.C., 13 de noviembre de 2024. El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará” (MESECVI), expresa su preocupación ante la denuncia de violación por parte de un ex alto responsable del gobierno de Chile [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img fetchpriority="high" decoding="async" class="size-full wp-image-23373 aligncenter" src="https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2024/11/GcSBZSBWUAAkfNY.jpg" alt="" width="904" height="340" srcset="https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2024/11/GcSBZSBWUAAkfNY.jpg 904w, https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2024/11/GcSBZSBWUAAkfNY-600x226.jpg 600w, https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2024/11/GcSBZSBWUAAkfNY-300x113.jpg 300w, https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2024/11/GcSBZSBWUAAkfNY-768x289.jpg 768w" sizes="(max-width: 904px) 100vw, 904px" /></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Washington, D.C., 13 de noviembre de 2024.</strong> <a href="https://belemdopara.org/">El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer</a> “Convención de Belém do Pará” (MESECVI), expresa su preocupación ante la denuncia de violación por parte de un ex alto responsable del gobierno de Chile contra una funcionaria bajo su autoridad. El Comité de Expertas ha recibido información sobre el caso que involucra al exsubsecretario del Interior, Manuel Monsalve, denunciado por violación sexual y otros abusos de poder por parte de una funcionaria bajo su mando, incluyendo un posible uso indebido de recursos públicos para obstruir el proceso de investigación.</p>
<p>Ante la denuncia presentada, el Comité reconoce la colaboración de las autoridades chilenas en los procedimientos relacionados con la investigación y permanecerá atento a que esta se lleve a cabo con transparencia y celeridad, respetando el debido proceso, aplicando el principio de debida diligencia reforzada y, al mismo tiempo, asegurando la protección y evitando la revictimización de la denunciante.</p>
<p>En este sentido, el Comité de Expertas refuerza la necesidad de que las investigaciones, tanto judiciales como administrativas, se lleven a cabo de manera diligente, para garantizar el esclarecimiento de los hechos, la posible sanción correspondiente y la reparación a que haya lugar en favor de la denunciante.</p>
<p>Las Expertas tienen a la vista que, de acuerdo con el artículo 7 de la Convención de Belém do Pará, “Los Estados Partes condenan todas las formas de violencia contra la mujer y convienen en [&#8230;]: a. abstenerse de cualquier acción o práctica de violencia contra la mujer y velar por que las autoridades, sus funcionarios, personal y agentes e instituciones se comporten de conformidad con esta obligación; b. actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer”.</p>
<p>En el contexto del caso, el Comité de Expertas también reconoce al Estado chileno los avances en legislación y políticas públicas que avanzan en esta línea, como la recientemente aprobada Ley 21.675 que estatuye medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres en razón de su género, la cual establece obligaciones para el Estado en la materia e incorpora modificaciones a los procedimientos judiciales, incorporando como fuente especial de interpretación las disposiciones de la Convención de Belém do Pará. Asimismo, valora el reconocimiento como garantía explicita de salud las agresiones sexuales agudas, lo cual permite que ante estos delitos pueda brindarse una canasta de prestaciones mínimas de atención integral.</p>
<p>Por otro lado, el Comité de Expertas subraya la importancia de aplicar el principio del consentimiento en los procesos de investigación y juzgamiento de casos de violencia sexual, como un elemento central para identificar un acto de abuso o violación.</p>
<p>En su <a href="https://belemdopara.org/recomendacion-general-del-comite-de-expertas-del-mesecvi-no-3-la-figura-del-consentimiento-en-casos-de-violencia-sexual-contra-las-mujeres-por-razones-de-genero-mesecvi-2021">Recomendación General nº3 sobre la figura del consentimiento en casos de violencia sexual contra las mujeres por razones de género</a>, este Comité destaca que, de manera recurrente, los abusos sexuales se producen cuando las relaciones están marcadas por asimetrías de poder utilizadas por los generadores de violencia para someter a las víctimas. Es por ello que, el consentimiento queda viciado o anulado cuando existe, entre otros elementos, coacción, temor a la violencia y/o abuso de poder.</p>
<p>Por lo expuesto en dicha recomendación general, las Expertas señalan que: “a) El consentimiento no podrá inferirse de ninguna palabra o conducta de la víctima cuando la fuerza, la amenaza de la fuerza, la coacción o el aprovechamiento de un entorno coercitivo hayan disminuido su capacidad para dar un consentimiento voluntario y libre. b) El consentimiento no podrá inferirse de ninguna palabra o conducta de la víctima cuando esté imposibilitada de dar un consentimiento libre. c) El consentimiento no podrá inferirse del silencio o de la falta de resistencia de la víctima a la violencia sexual. d) El consentimiento no podrá inferirse cuando exista una relación de poder que obligue a la víctima al acto por temor a las consecuencias del mismo, aprovechando un entorno de coacción”.</p>
<p>A la luz de lo anterior, este Comité hace un llamado a las más altas autoridades del Estado chileno a seguir actuando conforme al principio de debida diligencia reforzada, consagrado en el artículo 7 de la Convención de Belém do Pará, garantizando la protección de la presunta víctima y evitando cualquier forma de revictimización a lo largo del proceso. Asimismo, insta al Estado de Chile a incorporar de manera expresa el principio del consentimiento en su legislación penal, procedimientos judiciales, protocolos de investigación y políticas educativas y públicas. En línea con la Recomendación Nº 6 del Comité de Expertas del MESECVI, se enfatiza la importancia de eliminar los estereotipos de género que afectan la integridad del sistema de justicia, asegurando que no interfieran en las estrategias de prevención, el contacto inicial con mujeres que denuncian, la investigación, el juicio y el proceso posterior.</p>
<p>El Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará, a través de su Comité de Expertas, se pone a disposición del Estado de Chile para cualquier apoyo técnico que pudiera requerir en la materia.</p>
<p>***</p>
<p><em>El Comité de Expertas es el órgano técnico del MESECVI, responsable del análisis y evaluación del proceso de implementación de la Convención de Belém do Pará. Está integrado por Expertas independientes, designadas por cada uno de los Estados Parte entre sus nacionales, quienes ejercen sus funciones a título personal. </em></p>
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		<title>Declaración de la Articulación de la Sociedad Civil en Seguimiento a la Belem Do Pará</title>
		<link>https://www.humanas.cl/declaracion-de-la-articulacion-de-la-sociedad-civil-en-seguimiento-a-la-belem-do-para/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Fabiola Gutierrez]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 14 Jun 2024 19:46:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Democracia y Derechos Humanos]]></category>
		<category><![CDATA[destacados]]></category>
		<category><![CDATA[Articulación Regional de la Sociedad Civil]]></category>
		<category><![CDATA[Articulación Regional Feminista]]></category>
		<category><![CDATA[Camila Maturana]]></category>
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		<category><![CDATA[Convención Belém Do Pará]]></category>
		<category><![CDATA[corporación humanas]]></category>
		<category><![CDATA[MESECVI]]></category>
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		<category><![CDATA[OEA]]></category>
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					<description><![CDATA[Estar presentes en este recinto es para nosotras, la “Articulación de la Sociedad Civil para el Seguimiento de la Belém Do Pará”, un honor y también un compromiso ético-político en la defensa y protección de los derechos humanos y en particular de las mujeres y las niñas. El 9 de junio de 1994 se cristalizaron [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div class="page" title="Page 1">
<div class="section">
<div class="layoutArea">
<div class="column">
<p><img decoding="async" class="wp-image-23218 aligncenter" src="https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2024/06/WhatsApp-Image-2024-06-14-at-15.42.56-1024x768.jpeg" alt="" width="656" height="492" srcset="https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2024/06/WhatsApp-Image-2024-06-14-at-15.42.56-1024x768.jpeg 1024w, https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2024/06/WhatsApp-Image-2024-06-14-at-15.42.56-600x450.jpeg 600w, https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2024/06/WhatsApp-Image-2024-06-14-at-15.42.56-300x225.jpeg 300w, https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2024/06/WhatsApp-Image-2024-06-14-at-15.42.56-768x576.jpeg 768w, https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2024/06/WhatsApp-Image-2024-06-14-at-15.42.56.jpeg 1280w" sizes="(max-width: 656px) 100vw, 656px" /></p>
<p style="text-align: justify;">Estar presentes en este recinto es para nosotras, la “Articulación de la Sociedad Civil para el Seguimiento de la Belém Do Pará”, un honor y también un compromiso ético-político en la defensa y protección de los derechos humanos y en particular de las mujeres y las niñas.</p>
<p style="text-align: justify;">El 9 de junio de 1994 se cristalizaron décadas de lucha feminista de nuestras ancestras en la adopción de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, un instrumento jurídico pionero a nivel mundial.</p>
<p style="text-align: justify;">Hoy, 30 años después, nos corresponde reconocer los avances, retomar las lecciones aprendidas, visibilizar las promesas incumplidas y los retos por enfrentar.</p>
<p style="text-align: justify;">La Convención ha sido fundamental para el avance de los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas. Ha servido como base para la creación de leyes integrales contra la violencia y discriminación en diversos países y ha servido de fundamento para la generación de estándares internacionales de derechos humanos específicos; ha promovido el reconocimiento del femicidio como la expresión más extrema de la violencia; ha impulsado la formación de instituciones y mecanismos de adelanto de la mujer, así como políticas de prevención y atención de las distintas formas y expresiones de violencia. En ese camino, el Mesecvi ha sido fundamental para visibilizar las violencias contras las mujeres y diversidades con sus comunicados, informes hemisféricos, investigaciones y llamados a los Estados para contribuir con el monitoreo y la producción de información periódica y de calidad, en plena colaboración con las organizaciones feministas y de derechos humanos de las mujeres.</p>
<p style="text-align: justify;">Sin embargo, <strong>hay seis retos importantes en la implementación de la Convención que queremos destacar:</strong></p>
<ol style="text-align: justify;">
<li>El mundo y la región viven una profunda crisis política, social, ambiental y económica en cascada; que de modo alguno justifica que se dejen de priorizar las políticas de atención a las discriminaciones y violencias.</li>
<li>En muchos países enfrentamos graves retrocesos impulsados desde agentes del Estado que niegan la desigualdad estructural y la discriminación por razones de género, promoviendo claros retrocesos legislativos, presupuestarios e institucionales que representan un ataque frontal a las mujeres y nuestros derechos.</li>
</ol>
</div>
</div>
</div>
</div>
<div class="page" style="text-align: justify;" title="Page 2">
<div class="section">
<div class="layoutArea">
<div class="column">
<ol start="3">
<li>Las violencias históricas, estructurales y tradicionalmente abordadas no han sido resueltas. Se requieren nuevos y más eficientes abordajes para brindar protección efectiva frente a la violencia física y psicológica, especialmente en el contexto de violencia doméstica o intrafamiliar. En situaciones de violencia sexual todavía es un desafío que se implemente el estándar de centrar los delitos y procesos en la falta de consentimiento y no dejarlos en la impunidad por ausencia de prueba física, de uso de la fuerza o de resistencia por parte de las víctimas. La violencia reproductiva y la criminalización del aborto, incluyendo la criminalización de eventos obstétricos sigue siendo generalizada en la región.</li>
<li>Sabemos que la educación sexual integral y la educación no sexista es una estrategia poderosa y la ruta indispensable para prevenir y erradicar las violencias. Su reconocimiento legal e implementación es un reto en todos los países de la región.</li>
<li>Otra de las deudas pendientes es la implementación de la Convención con un lente interseccional. Las violencias de todo tipo afectan particularmente las mujeres racializadas (Indigenas y afro), lesbianas y trans, trabajadoras sexuales, mujeres con VIH, niñas, adultas mayores, mujeres que viven en la pobreza, mujeres trabajadoras, mujeres en la política, periodistas y comunicadoras, mujeres jóvenes, refugiadas, mujeres con discapacidad, mujeres migrantes, mujeres en situación de explotación y prostitución, entre otras.</li>
<li>Garantizar el acceso a la justicia y la eliminación de la violencia institucional asegurando el cumplimiento de los estándares vigentes que incluyan perspectiva de género en las instituciones de justicia y auxiliares (policía, salud) promoviendo la formación especializada, libre de estereotipos, con recursos para su sustentabilidad. Además, la construcción de un sistema de reparación para las víctimas frente a las distintas formas de violencia, que no solo reparen las injusticias individuales sino que además transformen las condiciones estructurales que sostienen la continua violación de los derechos humanos.</li>
<li>Para avanzar en una mejor implementación de la Convención es imprescindible contar con información. No existen datos oficiales, desagregados que se crucen entre las instancias en los Estados para conocer la realidad de las violencias contra las mujeres en toda su diversidad, en los territorios.</li>
</ol>
</div>
</div>
</div>
<div class="layoutArea">
<div class="column">
<p>Es preciso avanzar en la interpretación de los términos de la Convención para atender nuevas realidades, todavía desatendidas:</p>
</div>
</div>
</div>
<div class="page" style="text-align: justify;" title="Page 3">
<div class="section">
<div class="layoutArea">
<div class="column">
<ol>
<li>La violencia digital y aquellas violencias facilitadas por la tecnología, abordando las tensiones que genera su regulación en términos de libertad de expresión.</li>
<li>Las múltiples violencias que produce el crimen organizado como las desapariciones en contexto de trata, narcotráfico y en general las violencias contra las mujeres.</li>
<li>Los movimientos migratorios y los desplazamientos forzados, en particular vinculados con la crisis climática o la impunidad de la violencia.</li>
<li>El uso de estrategias de defensa por parte de perpetradores recurriendo a nociones pseudocientíficas como falso síndrome de alienación parental o conceptos similares, basados en estereotipos de género.</li>
<li>La violencia económica, especialmente por su impacto en hogares monoparentales que es al mismo tiempo un vector para la reproducción intergeneracional de la pobreza.</li>
<li>La necesidad de promover políticas públicas y servicios públicos universales y de calidad que contribuyan a construir la sociedad del cuidado, reduciendo las brechas de género y la violencia estructural contra las mujeres. Garantizar la implementación de políticas fiscales feministas necesarias para llevar adelante este desafío.</li>
</ol>
</div>
</div>
</div>
<div class="layoutArea">
<div class="column">
<p>Por todo esto, respetuosamente exigimos a los Estados Parte</p>
<p>●  Que garanticen la asignación del presupuesto necesario en cada uno de sus países</p>
<p>para la correcta implementación de las políticas públicas dirigidas a cumplir con sus obligaciones, incluyendo el correcto funcionamiento de los mecanismos de adelanto de la mujer con capacidad técnica, política y económica capaces de liderar los procesos en el marco de su obligación de progresividad y no regresividad.</p>
<p>●  Celebrando el nuevo plan estratégico del MESECVI que incluye entre otros asuntos importantes el fortalecimiento de la participación de la sociedad civil, los Estados deben cumplir con su aporte para permitir el funcionamiento adecuado del MESECVI y la Secretaría Técnica, cuyo trabajo es fundamental para el sostenimiento de todo el sistema, y con especial atención al Caribe.</p>
<p>●  Que reconozcan el trabajo de las expertas que conforman el Comité del Mesecvi, destacando la relevancia de su participación activa.</p>
</div>
</div>
<div class="layoutArea">
<div class="column">
<p>Porque creemos en el aporte que desde esta Articulación de sociedad civil podemos seguir haciendo para fortalecer la implementación de la Convención, proponemos:</p>
</div>
</div>
</div>
<div class="page" title="Page 4">
<div class="layoutArea" style="text-align: justify;">
<div class="column">
<p>●  Mejorar la coordinación en el trabajo entre la Comisión Interamericana de Mujeres y el Mecanismo de la Convención de Belém do Pará.</p>
<p>●  Que la Comisión Interamericana de Mujeres contribuya al fortalecimiento de la sociedad civil a través de capacitaciones a distintas audiencias y su participación tanto en los espacios de la OEA como aquellos de la Convención de Belém do Pará</p>
<p>●  Que en el trabajo de la Comisión Interamericana de Mujeres se aborden las políticas integrales y sus vínculos entre las distintas formas de las violencias y las condiciones estructurales de discriminación: promover políticas integrales de cuidados no va en detrimento de las políticas para la prevención y atención de las violencias sino una condición necesaria para que las mujeres podamos vivir y desarrollarnos en todos los ámbitos de la vida social, política y económica en condiciones de igualdad.</p>
<p>●  Que los distintos organismos multilaterales de los ámbitos regionales y universales profundicen su trabajo coordinado, potenciando las agendas compartidas.</p>
</div>
</div>
<div class="section">
<div class="layoutArea">
<div class="column">
<p style="text-align: justify;">Seguiremos trabajando el tiempo que haga falta hasta que logremos una América Latina y Caribe libre de violencia contra las mujeres. Hemos estado presentes como sociedad civil desde el nacimento de la Convención a partir del caso María da Penha vs Brasil, y seguiremos organizadas para evidenciar la gravedad e impunidad de la violencia contra las mujeres en las Américas.</p>
<p style="text-align: justify;">No hay democracia posible donde más de la mitad de las mujeres están viviendo bajo situaciones de violencia. No podemos hablar de una región que avanza hacia el desarrollo, si el solo hecho de ser mujeres nos sigue poniendo en riesgo.</p>
<p style="text-align: justify;">Esperamos de todos los Estados presentes en esta sala un compromiso irrestricto con el cumplimiento y aceleración de la implementación de la Convención.</p>
<p style="text-align: justify;">Ni una menos.</p>
<p><a href="https://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2024/06/Declaracion-de-la-Articulacion-de-la-SC-en-Seguimiento-a-la-Belem-Do-Para-11-6-2024-.pdf">Descarga la declaración</a></p>
</div>
</div>
</div>
</div>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
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