En la unidad de Delitos Sexuales y Violencia Intra Familiar de la Fiscalía Nacional dicen que han empezado a ocupar un enfoque de género cada vez que una mujer víctima de violencia termina intentando matar o matando a su pareja. Por ahora hay dos casos similares que contrastan fuertemente: una mujer en Mejillones que hoy cumple su condena en libertad y una de Valdivia que fue sentenciada a 10 años de cárcel.
Le habían dado 10 años de prisión efectiva. Blanca Paredes (55) estaba en su hogar de la calle O’Higgins, en el puerto de Mejillones, Región de Antofagasta, cuando lo arriesgó todo y decidió que ya era suficiente. Alcanzó un cuchillo parrillero que tenía sobre su velador y mientras Víctor Flores (63), su marido, dormía, se lo enterró en el cuello, en la zona cervical. Apenas se despertó, Flores vio cómo le salía sangre por la boca. Se puso pantuflas y caminó hasta llegar al hospital, a una cuadra de su casa.
Eran las cinco de la madrugada, el 31 de mayo de 2016.
A pesar de que estuvo al borde de la muerte, Flores sobrevivió. Paredes pasó a prisión preventiva por parricidio frustrado y casi un año después, en abril, fue condenada a 10 años de cárcel. La sentencia decía: “La víctima resultó con una herida penetrante cervical y shock hipovolémico, además, con lesiones de los vasos cervicales y yugulares externos y solución de continuidad de la unión faringoesofágica, de modo que de no haber mediado atención médica oportuna y eficaz, dichas lesiones le habrían provocado la muerte, tal como se determinó pericialmente”.
Que Flores haya estado a punto de morir importó poco en Mejillones. La ciudad se conmovió con la historia de Paredes y se movilizó. La gente salió a la calle, se juntaron 1.300 firmas para que se anulara el juicio, e incluso el alcalde de la ciudad, Sergio Vega, fue parte de la campaña para que Blanca Paredes recibiera otra condena. “Lo ideal sería que se le diera una pena en libertad vigilada de unos cinco años, pero arriesgar hasta 15 años de cárcel creemos que es demasiado”, dijo el alcalde luego de la sentencia.
Paredes había trabajado 10 años, entre 2004 y 2014, en la Municipalidad de Mejillones. Marcela Pizarro fue su jefa en la unidad del programa “Puente”. Y en su declaración describió el trabajo de Paredes ahí: atender a familias en estado de vulneración, hacer denuncias de violencia intrafamiliar, medidas de protección para niños. Pizarro destacó como inusual que Paredes tenía prejuicios en temas de violencia contra la mujer. “Esta decía que era por culpa de las mujeres, que algo habían hecho”, dice la funcionaria en la sentencia. Pizarro aseguraba que Paredes normalizaba la violencia, que en situaciones de abuso decía que era “porque se maquillaban mucho o llevaban la falda muy corta. Tenía conceptos machistas muy asimilados”, remataba Pizarro.
El juicio de Paredes finalmente se anuló, luego de que la defensa presentara diversas pruebas del historial de violencia intrafamiliar que le había tocado vivir a Paredes. La sentencia del segundo juicio, emitida hace un par de meses, fue mucho más favorable para la mujer: cuatro años de libertad vigilada.
Luego de esta sentencia, la Fiscalía Nacional emitió un comunicado en el que prácticamente apoyaba la decisión del tribunal. Un extracto de la declaración de la fiscalía dice: “La imputada durante el juicio renunció a su derecho a guardar silencio y dijo que durante 35 años soportó agresiones y malos tratos de su esposo, tanto hacia ella como a los hijos en común. En un extenso relato, la mujer dio cuenta detallada de los malos tratos tanto hacia ella como a sus hijos, así como de situaciones de infidelidades y de otros hijos que tuvo fuera del matrimonio. Durante el juicio declararon familiares de la imputada, como hermana e hijos, que ratificaron estas situaciones de violencia intrafamiliar”.
La declaración de la fiscalía no fue casualidad. Luis Torres, el director de la unidad de Delitos Sexuales y Violencia Intra Familiar del Ministerio Público, dice que el enfoque para perseguir este tipo de crímenes en la fiscalía ha cambiado, que si hace algunos años por este tipo de parricidios se pedían penas similares a la de un homicidio común, ahora la fiscalía está adoptando un enfoque de género para perseguir estos casos. Y pone un ejemplo emblemático, como el de Karina Sepúlveda, de Puente Alto, quien en 2011 mató a su marido después de 18 años de violencia y abusos por parte de él. Hubo dos juicios contra ella y las dos veces fue absuelta. Después de la primera sentencia, la fiscalía pidió la anulación del juicio, y una vez conseguido ir a una segunda instancia, pidió una pena de 15 años de cárcel para Sepúlveda.
A pesar de que Sepúlveda acreditó maltrato físico y psicológico y de que en su cuerpo tenía 64 cicatrices producto de ese maltrato, debió cumplir 15 meses de prisión preventiva en la Cárcel de San Miguel.
Torres dice: “El caso de Mejillones, en primera instancia, es un caso como el de Karina Sepúlveda, donde la fiscalía no aplicó enfoque de género para perseguirla, a pesar del historial de violencia que sufrió. En el caso de Sepúlveda, el tipo incluso era un lanza internacional”.
Según Torres, después de la primera condena a Paredes, después de las manifestaciones en Mejillones, la fiscalía cambió el foco para el segundo juicio. “Dijimos, acá no nos puede volver a pasar esto. Revisamos todo y la mujer efectivamente había estado expuesta a un ciclo permanente de violencia. Tomamos contacto con la regional y logramos que en un segundo juicio fuera condenada a cuatro años con libertad vigilada. Conversamos con la defensa y el tribunal y llegamos a un acuerdo. Finalmente, la pena que se impuso era la que pedía la defensa y nosotros no nos opusimos. Esa era la pena que correspondía”.
El problema tras las cifras
Según los datos recopilados por la fiscalía, en 2016 en Chile hubo 96 condenas por parricidios, los que, para efecto de las cifras, incluyen el asesinato o el intento de asesinato de un familiar directo o pareja (cónyuge o conviviente) masculino. De los 96 parricidios, en 38 ocasiones fue una mujer quien mató o intentó matar a su cónyuge, conviviente o ex cónyuge.
Para Torres, tras virtualmente cada uno de estos casos, ha habido un historial de violencia contra la mujer, quien termina intentando ejercer justicia por sus propios medios. Torres describe el perfil de quienes terminan atentando contra sus parejas: “Son víctimas que generan una relación de dependencia económica con sus agresores, que son dueñas de casa y tienen tres o cuatro hijos, que no pueden agarrar sus cosas e irse. La gente ABC1 tiene otro tipo de barreras que no son económicas, sino que sociales. El qué dirán, el mantener un estatus. Ahí es donde hay que entrar a evaluar con peritajes psicológicos sobre los grados de violencia ejercidos por sus parejas. Por eso estamos haciendo un trabajo fuerte en formación en perspectiva de género dentro de la fiscalía”. Torres dice que ahora se intenta perseguir este tipo de crímenes de manera más proporcionada. “Antes era ‘mujer mata a marido’ y se pedían 20 años. Ahora se debe pedir lo que ella realmente le debe a la sociedad. Por ahora, yo lo tengo claro, pero los fiscales en Parinacota, no. O en Castro. Tenemos que transmitirles esto a los fiscales de Arica a Punta Arenas”.
Para Camila Maturana, abogada del Centro Regional de Derechos Humanos y Justicia de Género, Corporación Humanas, todavía falta para que la justicia chilena tome realmente en cuenta el historial de violencia sufrido por las mujeres que terminan atentando contra sus parejas. “Para los órganos del Estado ha resultado complejo comprender el contexto de abuso permanente que viven las mujeres que dan fin a la vida de sus parejas”, dice Maturana, quien, a través de Humana, ha seguido varios casos de este tipo. “Para mí, sigue habiendo una respuesta judicial particularmente dura contra las mujeres en estas situaciones y no se ocupan todas las herramientas jurídicas que se disponen para que las eventuales penas sean menores. Cada vez que me ha tocado ver estos casos, las mujeres frasean una idea similar: ‘Era él o yo’. Esa es la sensación”.
Maturana dice que el sistema judicial sigue empujando a las mujeres a cometer este tipo de delito extremo, porque no reciben suficiente protección del Estado cuando son ellas las que son sujeto de violencia. “Cada vez que se ingresa una primera causa de violencia intrafamiliar, los tribunales, en casi todas las ocasiones, optan por una suspensión del procedimiento”, explica Maturana. “Eso, en otras palabras, es eximir de responsabilidad al agresor, sin contar que, cuando las mujeres son agredidas fuera de un contrato familiar, el Estado no protege. En este tema, la única institución de gobierno que ha hecho un buen trabajo en la defensa de las mujeres es la Defensoría Penal Pública”.
Así como los parricidios de cónyuge o conviviente mujer a cónyuge o conviviente hombre llegaron a 38 el año pasado, los femicidios llegaron a 101 casos. En el número también se incluyen los femicidios frustrados. Un caso como el de Nabila Rifo entraría en esta estadística, con la diferencia de que, aunque el hecho ocurrió en 2016, la condena fue en 2017. “Para nosotros lo importante es el hecho y la condena”, dice Luis Torres. “Y no la desglosamos si hay parricidio tentado, frustrado o consumado. Eso lo consideramos cuando hacemos un estudio, pero para efectos de las estadísticas que tiene la fiscalía, contamos las condenas. En un segundo momento hay que entrar a hacer un desglose, pero en parricidios o femicidios no lo hemos hecho”.
Es decir, en Chile no hay números exactos de los femicidios o parricidios consumados que ocurren cada año, aunque Torres sí tiene una certeza: los números son mayores a los que se entregan anualmente en el boletín de la fiscalía. “Muchas veces el hombre que mata a su mujer se termina suicidando. Y como no hay condena, ese caso no entra en la estadística. Esa causa queda sobreseída, porque el responsable está muerto”.
Las cifras, aunque aproximadas, son relevantes desde el punto de vista de que los parricidios tienen una muy alta probabilidad de estar vinculados a una violencia de género sistemática dentro de la pareja. El convencimiento de que ‘era él o yo’ del que habla Maturana.
Torres se suma a esta concepción de la justicia: “No es que estos delitos no tengan que sancionarse, al contrario, pero hay que ubicarlos adecuadamente. Porque de lo contrario, estás cometiendo una injusticia tremenda. Si te han golpeado, violado, humillado por 20 años, tus condiciones se han visto disminuidas respecto de mí o de ti, que no hemos vivido eso. Son decisiones que se toman de manera muy extrema”.
El caso abierto de Valdivia
El 21 de enero del año pasado, pese a que tenía prohibición de acercarse a su pareja, Cristián Sepúlveda (34) llegó a la casa de Constanza Silva, hoy de 38. Silva llamó a carabineros, pero antes de que llegaran, en medio de una discusión, le clavó a Sepúlveda un cuchillo en el pecho. Sepúlveda salió de la casa y se desplomó en una calle de la Población Perú, en Valdivia. Murió ahí mismo.
La pareja tenía una hija de dos años.
Sepúlveda mantenía una causa vigente por violencia intrafamiliar en la Fiscalía de Valdivia, además de antecedentes de detenciones anteriores por los delitos de violación de morada flagrante, porte ilegal de arma cortante flagrante, abuso sexual, amenazas en el contexto de violencia intrafamiliar flagrante, lesiones leves en riña flagrante, además de amenazas y lesiones menos graves.
El día después del parricidio, Constanza Silva enfrentó las cámaras de la tevé valdiviana. Choqueada todavía, dijo: “Me trataba mal. Me pegaba todos los días borracho y yo no aguanté más esto”.
Luego, Silva relató que Sepúlveda había llegado borracho el día en que se enfrentó a él, que le había roto la puerta de la casa y que, además, había intentado atentar contra su abuela.
Lo último que dijo, entre sollozos, antes de entrar al control de detención fue: “Era mi vida o la de él”.
A pesar de que Luis Torres dice que actualmente la fiscalía está enfrentando este tipo de delitos con un enfoque de género, la fiscal Tatiana Esquivel pidió una pena de 15 años de presidio para Silva. El tribunal que dictó la sentencia en junio pasado estimó que la pena fuera de 10 años y un día. A Silva se le reconoció irreprochable conducta anterior, el no tener condenas y la colaboración en el esclarecimiento de los hechos.
La abogada de Corporación Humanas, Camila Maturana, apela a la ley de femicidio de 2010, en la que se estipuló la figura de ‘necesidad exculpante o miedo insuperable’. Maturana explica: “Cada vez que se indaga en estos casos, las mujeres han sufrido de violencia crónica. Pero la justicia no siempre está aplicando la figura de miedo insuperable, que es lo que ocurre en todos los casos que me ha tocado seguir”.
Al igual que en el caso de Blanca Paredes, en Mejillones, la defensa de Constanza Silva, en Valdivia, pidió la anulación del juicio. Queda ver si la justicia accede y si Silva, quien vivió una historia de violencia similar a la de Paredes, puede finalmente cumplir su condena en libertad.
Publicado en La Tercera