Señor director:
En respuesta a la carta de Cristóbal Aguilera Medina, de la ONG Comunidad y Justicia, es necesario realizar un par de aclaraciones.
La primera es que el Estado tiene la obligación de proteger y resguardar a la familia. No sólo a la tradicional católica unida en matrimonio, sino a todas las formas de familia que existen en una sociedad diversa, plural e inclusiva. Esta es una obligación que emana del derecho internacional y de los derechos humanos, cuya vulneración ha implicado la responsabilidad del Estado en el caso de Karen Atala vs. Chile. La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos fue clara al señalar que la Convención Americana protege todas las formas de familia, incluida la formada por una pareja del mismo sexo y sus hijos e hijas.
Lo segundo es que este debate no trata asuntos morales, como señala Aguilera. La legislación propuesta pretende dar seguridad jurídica a los derechos y deberes que emanan de la relación filial entre una madre o padre y su hijo o hija. Su desconocimiento implica una vulneración al interés superior de los niños y niñas, que se encuentran en total desprotección respecto de aquel padre o madre que hasta ahora la legislación no reconoce como tal.
Preocupa que una organización que se define como defensora de los derechos humanos desconozca las obligaciones del Estado en materia de igualdad y no discriminación, protección de las familias y derechos de los niños, obstaculizando el necesario avance legislativo en estas materias.
Daniela Quintanilla
Abogada de Corporación Humanas
Fuente : La Tercera