Santiago, 29 enero 2024.- A partir de la detección de antecedentes penales de algunos beneficiarios de pensiones de gracia otorgadas a víctimas de violaciones a los derechos humanos cometidas por agentes del Estado durante el estallido social de 2019, se han generado diversos debates y confusiones. Ello, acompañado de discursos estridentes, acusaciones múltiples y una buena dosis de aprovechamiento político.

Para organizaciones de larga trayectoria en la promoción y defensa de los derechos humanos resulta necesario relevar algunos aspectos clave. En primer lugar, es indudable que en Chile se cometieron violaciones graves a los derechos humanos durante el estallido social de 2019, tal como consta en diversos informes de organismos nacionales e internacionales, contabilizándose más de 8.000 víctimas y 400 casos de trauma ocular. La gran mayoría de los casos permanece impune, sus víctimas no han sido reconocidas ni tampoco reparadas. En segundo lugar, es un principio fundamental del derecho internacional que los Estados se encuentran obligados a reparar las violaciones a los derechos humanos cometidas y adoptar medidas de no repetición, especialmente cuando se trata de crímenes ejecutados por agentes del Estado.

Más allá de lo insuficiente que resulta la reparación de una parte de las víctimas (419) al  otorgar “pensiones de gracia”, en lugar de reparaciones integrales definidas con base en una Comisión Calificadora de casos que no se ha conformado, preocupa que en la actualidad se plantee una regresión en dicha medida. La opción que en su momento se adoptó, nunca se presentó vinculada a un requisito como la inexistencia de antecedentes penales, que por lo demás la ley de pensiones de gracia tampoco ha exigido en sus 40 años de vigencia.

Preocupa especialmente que al conocerse los ilícitos cometidos por algunos beneficiarios de estas pensiones, se ponga el foco de atención únicamente en lo reprochable de sus conductas, desvirtuando la gravedad y sistematicidad de los hechos ocurridos en 2019, la responsabilidad de los agentes del Estado y las deudas que el Estado mantiene con las víctimas. La propuesta de revisar y revocar algunas pensiones, desconoce las obligaciones que corresponden al Estado en orden a reparar las violaciones a los derechos humanos, obligación que deriva del comportamiento de sus agentes y del daño causado, y no de la buena conducta que hayan mantenido quienes resultaron agredidos.

En Chile se han violado gravemente los derechos humanos de miles de personas, durante la dictadura cívico militar y también en democracia. La ausencia de políticas integrales de verdad, memoria, justicia y reparación redunda en impunidad y favorece su repetición. De ahí que resulte necesario fortalecer el compromiso de todos los poderes y órganos del Estado con la dignidad humana, la vigencia plena de los derechos humanos y el sistema democrático, y la adopción de políticas integrales de reparación de las violaciones a los derechos humanos cometidas durante el estallido social.

Centro Regional de Derechos Humanos y Justicia de Género – Corporación Humanas