Santiago, marzo 28 de 2024.- Tras siete años de tramitación en el Congreso Nacional el 06 de marzo pasado se aprobó de forma transversal la Ley Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género, la cual establece las bases y lineamientos para abordar la violencia contra las mujeres en sus distintas expresiones, y los deberes del Estado en la materia.

“Las mujeres siempre partimos desde el punto que nos dejaron las anteriores. Y si nuestras abuelas pudieron ser de las primeras en ingresar al trabajo remunerado formal, si las mujeres recuperaron la democracia, si pudimos tener las primeras leyes de violencia intrafamiliar, femicidio y la creación del Ministerio de la Mujer, hoy también hemos dado un nuevo paso para las próximas generaciones, para poder tener una Ley Integral en contra de la violencia”, señaló la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana Guarello, luego de aprobarse esta iniciativa en el Parlamento.

Sin embargo, lo que hoy debería ser Ley de la República tuvo un revés luego que el 08 de marzo, diputadas y diputados de oposición presentaran un requerimiento de inconstitucionalidad por la norma de educación no sexista incluida en el proyecto de ley integral contra la violencia hacia las mujeres. Según quienes presentaron el requerimiento, el artículo iría en contra del “derecho de la libertad de enseñanza de los establecimientos educacionales y el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos”.

El pasado 26 de marzo fueron las audiencias públicas donde el Tribunal Constitucional escuchó a quienes están a favor y en contra de la normativa, ocasión en la que expuso Camila Maturana Kesten, abogada y directora de Corporación Humanas.

En su intervención, Maturana indicó que el proyecto aprobado viene a garantizar el derecho de las mujeres y las niñas a una vida libre de violencia, que permitirá superar la conceptualización limitada a violencia intrafamiliar contenida en la ley N.º 20.066 adoptando un abordaje integral de la  violencia contra las mujeres que se ejerce en el espacio público y privado, y dar cumplimiento al  conjunto de obligaciones asumidas por el Estado de Chile en la materia, en el marco de la  Constitución Política de la República de Chile y los tratados internacionales sobre derechos  humanos vigentes en el país.

La educación no sexista permite la erradicación de prejuicios, concepciones, costumbres y prácticas que sustentan la violencia de género contra mujeres y niñas y su obligatoriedad para los órganos del Estado, incluyendo a establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, se ajusta a la Constitución Política, concluyó Camila Maturana, directora de Corporación Humanas.

 

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