Con el fin de aportar al proceso constituyente chileno una mirada de género, Corporación Humanas presentó el estudio “Cambios constitucionales y derechos humanos de las mujeres”, que sistematiza las experiencias de países de la región y de otras regiones centrando la atención en los procesos que llevaron a cabo los movimientos de mujeres y feministas para incorporar los derechos de las mujeres en las Nuevas Constituciones

“Como institución feminista que promueve y protege los derechos humanos de las mujeres, estamos conscientes de la importancia que tienen los procesos constituyentes, en tanto pueden ser una oportunidad para avanzar en derechos humanos de la mitad de la población, ausentes en la actual Constitución. Sin embargo, sabemos que existen desafíos para lograr levantar la voz y demandas de las mujeres, como dan cuenta la mayoría de los países analizados” dijo Carolina Carrera, Presidenta de Corporación Humanas.

Chile se encuentra en medio de un proceso constituyente que tiene de antesala más de una década de presión social. Promulgada en dictadura y reformada en distintos periodos, la actual Constitución ha sido ampliamente cuestionada. Perteneciendo al grupo de las constituciones vigentes más viejas del mundo, el país ha vivido más debates constitucionales que cualquier otro país democrático en veinte años.

La presidenta de Corporación Humanas, sostiene que los nuevos derechos van apareciendo con una rapidez que antes no teníamos y que son necesarios insertarlos en cuerpos constitucionales. “Si miramos las convenciones y tratados internacionales han ido avanzando en función de los cambios que se están dando en el mundo”.

En el caso de América Latina -entre 1978 y 2010- 28 países fueron parte de alrededor de 388 reformas constitucionales parciales y 16 tuvieron cambios constitucionales. Las asambleas constituyentes y los referéndum han sido los mecanismos más usados en la región y, en los últimos diez años, estos cambios han sido fruto de la presión de los movimientos sociales.

En esta misma panorámica regional observamos que la presencia de las mujeres en las asambleas constituyentes no fue lo que se esperaba a pesar del trabajo realizado por los movimientos de mujeres y feministas. “Si miramos las acciones afirmativas, es decir, la obligatoriedad de que las asambleas constituyentes tuvieran un porcentaje de mujeres solo lo vimos en Argentina, Ecuador y Bolivia”, resalta Carrera. Y advierte, que sea cual sea el mecanismo, para reformar una Constitución, el principio básico es la paridad.

Contar con el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres es básico. Ella exige la redistribución del poder y los recursos políticos, económicos, y simbólicos entre mujeres y hombres, y entre las personas sin distinción alguna. Para que haya igualdad sustantiva, el Estado debe tomar medidas afirmativas necesarias para acelerar la superación de las desigualdades de origen.

“Este estudio de Corporación Humanas hace un énfasis importante en destacar las distintas estrategias que tienen las organizaciones de mujeres para hacer valer diferentes puntos de vista en las bases ciudadanas para una nueva Constitución desde una perspectiva de género”, comenta Pamela Figueroa, Jefa División de Estudios del Ministerio Secretaria General de la Presidencia.

En tanto, Claudio Fuentes, cientista político de la Universidad Diego Portales, señala que la experiencia comparada nos dice que los cambios no deben acotarse a ciertos principios mínimos. “Urge una incidencia coordinada desde la sociedad civil para que hagan efectivos sus derechos y en este punto la pregunta es sí es factible una incidencia coordinada y colectiva de grupos feministas para el proceso chileno que está en marcha”.

El objetivo de esta acción debiese ser incorporar la protección de los derechos de las mujeres es decir, “que la Constitución establezca el principio de igualdad, no discriminación y de compensación (acción afirmativa). Además, deben explicitarse derechos de acceso a funciones públicas, derechos económicos, laborales, protección contra la violencia, derechos de las mujeres indígenas y no discriminación en la maternidad”, puntualiza Fuentes.

Por su parte, la abogada Verónica Undurraga indicó que las mujeres debemos prepararnos no sólo frente a un escenario de asamblea constituyente, sino que también ante la eventualidad que los cambios se realicen en el Congreso. “Hasta ahora las constituciones la hecho siempre hombres y nunca por mujeres”.

La investigación “Cambios constitucionales y derechos humanos de las mujeres” incorpora además diversas miradas de actores/as locales, como son la sociedad civil, academia, partidos políticos, Gobierno y Congreso respecto tanto del déficit de la actual Constitución, como de las potencialidades y posibilidades de integrar derechos de las mujeres en una Nueva Constitución.

Santiago 04 de octubre, 2017.-