Segundo Trimestre  Año legislativo 2008

Diputados/as presentan proyectos para modificar normativa sobre declaraciones patrimoniales

Los/as Diputados Marco Enriquez-Ominami (PS), Alvaro Escobar (Ind.), Alejandra Sepúlveda (Ind.) y Esteban Valenzuela (Ind.) presentaron, el pasado 18 de junio, un conjunto de mociones para modificar la normativa sobre declaración de intereses y de patrimonio.

La legislación nacional obliga a un conjunto de autoridades a realizar una declaración de intereses al asumir y al finalizar su cargo público, entregando antecedentes sobre su patrimonio y  las actividades profesionales y económicas en las que participa. Estas normas se fundamentan en los principios de transparencia y probidad que deben regir la función pública y su objetivo es permitir a la ciudadanía conocer los intereses como el patrimonio de sus autoridades y evaluar su evolución en el tiempo, durante el período en que se ejerció dicha función pública, de modo de prevenir eventuales enriquecimientos injustificados.

La declaración de patrimonio –de acuerdo a la legislación actual- debe contener la individualización de todos los bienes inmuebles, los vehículos motorizados, los derechos que le corresponden en comunidades o en sociedades constituidas en Chile o en el extranjero, los depósitos e instrumentos financieros, cualquiera sea su naturaleza, como bonos, debentures, títulos de crédito, así como una declaración detallada del pasivo, si fuere superior a cien unidades tributarias. Además, quienes estén casados en sociedad conyugal deben declarar los bienes propios del/a cónyuge, con excepción de aquellos bienes señalados en los artículos 150, 166 y 167 del Código Civil.

Sin embargo, la normativa referida no obliga a incluir en la declaración de patrimonio, la valorización comercial de los bienes que deben declararse. La sola individualización del conjunto de bienes de que se es titular no permite el conocimiento cabal del patrimonio pues no se informa acerca del valor de los mismos. A fin de corregir esta falencia, una de las mociones presentadas apunta a que sea obligatorio para la autoridad o funcionario informar el valor comercial de cada uno de los bienes declarados (Boletín Legislativo Nº 5926-07).

Por otra parte, la obligación de declarar los bienes del/a cónyuge sólo rige respecto de quienes están casados en sociedad conyugal y, en tal caso, sólo respecto de algunos bienes. La distinción formulada excluye a quienes están casados bajo el régimen de separación de bienes o participación en gananciales, sin que exista fundamento para ello, pues en todos estos casos se trata de un patrimonio familiar. Por ello, una de las mociones presentadas propone que la declaración de patrimonio abarque también los bienes del cónyuge, independientemente del régimen patrimonial, debiendo consignarse si se trata de bienes propios del cónyuge. Incluso la moción propone que quienes tengan una relación de convivencia deban declarar los bienes propios de su conviviente, señalándolo así (Boletín Legislativo Nº 5927-07).

Además, se apunta a aumentar la periodicidad con que las autoridades deben renovar la presentación de sus declaraciones de intereses y de patrimonio, proponiendo que éstas se actualicen anualmente (Boletín Legislativo Nº 5925-07). Actualmente, la Ley de Bases de la Administración del Estado señala que estas declaraciones son públicas y deben actualizarse cada cuatro años.

Ver moción sobre periodicidad declaración intereses y patrimonio (Boletín Nº 5925-07)

Ver moción sobre contenido declaración patrimonio (Boletín Nº 5926-07)


Ver moción sobre bienes cónyuge y convivientes en declaración patrimonio (Boletín Nº 5927-07)