Las prácticas de hostigamiento en el trabajo están cada vez más cerca de recibir sanciones, luego que el Senado aprobara por unanimidad la idea de legislar sobre el proyecto que castiga las prácticas de acoso laboral.

Con ello, la iniciativa que cumple su segundo trámite legislativo, fue derivada a la Comisión de Trabajo para su análisis en particular, para lo cual se fijó como plazo el lunes 3 de noviembre para presentar indicaciones.

El senador Pedro Muñoz, integrante de la Comisión de Trabajo, destacó la aprobación unánime que le dio esa instancia a la idea de legislar sobre el proyecto, por lo que valoró que la Sala lo respaldara de igual manera.

En lo fundamental la iniciativa incorpora al Código del Trabajo, al Estatuto Administrativo y al Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales normas que establezcan un sistema de protección y sanción frente a las prácticas de acoso laboral.

ALCANCES DEL PROYECTO

Cabe recordar que este proyecto se originó en una moción de los diputados Ximena Vidal, Adriana Muñoz, Enrique Jaramillo y Fidel Espinoza, que señala que “el acoso laboral es una práctica que importa una violación a los derechos esenciales que emanan de la persona humana, y es incompatible con el principio de respeto a la dignidad de la persona”.

La iniciativa agrega que se entenderá por acoso laboral, toda acción u omisión grave y reiterada del empleador, o de uno o más trabajadores, ejercidas en contra de un trabajador en el lugar de trabajo común, y que implique alguna forma de violencia o coacción psicológica, teniendo como objetivo o resultado provocar un menoscabo personal o material en el afectado, o bien poner en riesgo su situación laboral.

Si bien se respaldó la idea de legislar, se anticipó que tanto el Ejecutivo como los parlamentarios presentarán un conjunto de indicaciones tendientes a precisar los conceptos y principios que de alguna manera configuran el denominado acoso laboral.

El 8 de octubre de 2008 15:41, Camila Maturana CORPORACIÓN HUMANAS escribió:
FUENTE: Departamento de Prensa Congreso Nacional

La Comisión de Trabajo respaldó la moción que cumple su segundo trámite en el Senado, pero su presidente anticipó que se presentarán indicaciones para corregir algunos aspectos técnicos de la iniciativa

Comisión de Trabajo

Un primer paso dio en el Senado el proyecto que define y sanciona las prácticas de acoso laboral, luego que la Comisión de Trabajo, que preside el senador Andrés Allamand, aprobara la idea de legislar sobre la iniciativa que cumple su segundo trámite en la Cámara Alta.
Ahora corresponde que la Sala se pronuncie en general sobre esta moción, para que luego sea remitida nuevamente a la citada instancia legislativa, donde se le presentarán indicaciones para perfeccionar algunos aspectos técnicos.

Cabe recordar que este proyecto se originó en una moción de los diputados Ximena Vidal, Adriana Muñoz, Enrique Jaramillo y Fidel Espinoza, que señala que “el acoso laboral es una práctica que importa una violación a los derechos esenciales que emanan de la persona humana, y es incompatible con el principio de respeto a la dignidad de la persona”.

La iniciativa agrega que se entenderá por acoso laboral, toda acción u omisión grave y reiterada del empleador, o de uno o más trabajadores, ejercidas en contra de un trabajador en el lugar de trabajo común, y que implique alguna forma de violencia o coacción psicológica, teniendo como objetivo o resultado provocar un menoscabo personal o material en el afectado, o bien poner en riesgo su situación laboral.

Según explicó el senador Allamand, si bien la Comisión aprobó la idea de legislar, “tanto el Ejecutivo como los parlamentarios que participamos en la discusión coincidimos que el proyecto requiere un conjunto de modificaciones técnicas de alguna envergadura. En particular, una mejor definición de los conceptos y de los principios que de alguna manera configuran el denominado acoso laboral”.

DISCUSIÓN EN PARTICULAR

El legislador señaló además que la Comisión quiere hacer un análisis separado respecto de lo que se denomina técnicamente acoso vertical y acoso horizontal.

El primero de ellos, precisó, se genera desde los mandos superiores de la empresa hacia los trabajadores; mientras que el acoso horizontal es aquel que se puede plantear entre trabajadores de un mismo nivel.

“Hubo una coincidencia bastante avanzada en términos de que se requiere un tratamiento separado y distinto de ambas materias”, manifestó.

Otro de los aspectos que se estudiará con mayor detención se refiere a la conveniencia o inconveniencia de la participación de la Dirección del Trabajo en estas materias.

“Coincidimos en que hay que encontrar la fórmula para que esta normativa, en el evento de que se apruebe, no genere un conjunto de acciones sin fundamento, que finalmente entraben y compliquen el clima laboral en vez de solucionar los problemas”, advirtió el senador Allamand.

Agregó que dado que existen dos mociones sobre esta materia –una de la Cámara de Diputados y otra del senador Navarro- se acordó darle tratamiento a la que está más avanzada e incorporar como indicaciones algunos de los conceptos planteados en la iniciativa senatorial